Las TIE de protección temporal, prorrogadas hasta marzo de 2027
Publicado el 08/09/2026
Si tienes una TIE de protección temporal, no tienes que hacer nada: está prorrogada por ley. Y si alguien te ofrece «renovarla» cobrándote, es una estafa.
Qué dice la norma
La Orden INT/96/2026, de 12 de febrero, prorroga de forma directa y automática la validez de todas las TIE ya expedidas a beneficiarios de protección temporal hasta el 4 de marzo de 2027. Encaja con la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1460 del Consejo, que mantiene la protección temporal en toda la Unión hasta esa misma fecha.
«Directa y automática» significa exactamente eso: no hay que solicitar nada, no hace falta resolución individual, no se pide cita y no se paga tasa. Aunque tu tarjeta lleve impresa una caducidad anterior, es legalmente válida hasta el 4 de marzo de 2027.
La estafa que ha aparecido con esto
En cuanto se publicó la prórroga empezaron a circular ofertas para «renovar la tarjeta de protección temporal» a cambio de una cuota por gestionar la cita. Ese trámite no existe ahora mismo. Quien lo venda está cobrando por algo que no hay que hacer.
Si un empleador, un banco o una administración te dice que tu tarjeta no es válida porque la fecha ha pasado, la referencia que hay que citar es la Orden INT/96/2026. Lleva la tarjeta encima aunque figure caducada.
Cuándo sí hace falta cita
Solo en tres casos: cuando acabas de obtener la protección temporal y se expide tu primera TIE; cuando la tarjeta se ha perdido, te la han robado o está deteriorada y necesitas un duplicado; y cuando cambias de estatus a otra autorización, porque entonces es un documento nuevo.
En esos casos la agenda es la misma que para el resto de trámites de huellas, con la misma saturación. En los demás, no.
Qué llevar si tu caso sí lleva cita
Para la primera TIE de protección temporal: la resolución que te reconoce la protección, el documento de viaje o pasaporte que tengas, el formulario EX-17 relleno y firmado, tres fotografías de 32 × 26 mm con fondo blanco, y la tasa 790 012 pagada y validada.
Para un duplicado: la denuncia por robo o pérdida —o la tarjeta deteriorada, si la conservas—, el pasaporte, el EX-17 marcando el supuesto de duplicado, las fotografías y la tasa correspondiente al duplicado.
En ambos casos la dependencia válida es la que figure en tu justificante, y la agenda es la misma que la del resto de trámites de huellas: se abre en bloques y se agota en minutos.
Si tu caso es de los que sí llevan huellas —primera tarjeta o duplicado—, la buscamos. Si no, te lo decimos y no te cobramos nada.